Camino Alemán
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Términos y condiciones

Condiciones Generales de Contratación (en adelante, «CGC») aplicables a los servicios prestados bajo la marca «Camino Alemán».

Art. 1 – Ámbito de aplicación y condición del Cliente

1.1 Las presentes CGC regulan todos los contratos que tengan por objeto los servicios ofrecidos bajo la marca y a través de este sitio web entre

Destar-Designs UG (haftungsbeschränkt)
Alte Potsdamer Landstraße 44, 14532 Stahnsdorf, Alemania
Registro Mercantil: Amtsgericht Charlottenburg, HRB 241376
Representante legal: Finn Fiebig
NIF-IVA (VAT ID): DE353634119
Email: info@caminoaleman.com

(en adelante, el «Proveedor») y sus comitentes (en adelante, el «Cliente»).

1.2 Los servicios del Proveedor se dirigen exclusivamente a empresarios, profesionales y entidades públicas. No se celebran contratos con consumidores en el sentido del art. 3 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007). Con la celebración del contrato, el Cliente declara actuar en el marco de su actividad empresarial o profesional.

1.3 Las eventuales condiciones generales del Cliente que sean divergentes, contrarias o complementarias no formarán parte del contrato, aun cuando el Proveedor no se oponga expresamente a ellas o ejecute la prestación sin reservas conociéndolas.

1.4 Las presentes CGC se aplican asimismo a todas las relaciones futuras con el mismo Cliente, sin necesidad de una nueva remisión a las mismas.

1.5 Orden de prelación en caso de contradicción: (1) el contrato individual negociado entre las partes, (2) la oferta con sus anexos y descripciones de prestaciones, (3) las presentes CGC.

1.6 Conforme a los arts. 5 y 7 de la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación, estas CGC se ponen a disposición del Cliente de forma permanente, accesible y en soporte duradero antes de la celebración del contrato, y se entienden incorporadas al mismo mediante la aceptación de la oferta que a ellas se remite.

Art. 2 – Perfección del contrato

2.1 La presentación de servicios y precios en el sitio web o en las listas de precios no constituye una oferta contractual vinculante, sino una invitación a solicitar un presupuesto.

2.2 Las ofertas individuales del Proveedor son irrevocables durante 21 días naturales desde su fecha, salvo que la propia oferta indique otra cosa.

2.3 El contrato se perfecciona con la firma de la oferta o con la confirmación de pedido del Cliente en forma escrita o, si fuera anterior, con el pago del anticipo pactado.

2.4 Para todas las comunicaciones relativas al contrato basta la forma escrita; se equiparan a ella el envío por correo electrónico y el PDF con firma electrónica. Tratándose de contratación entre empresarios, las partes acuerdan expresamente excluir las obligaciones de información previa y de confirmación de recepción previstas en los arts. 27.1 y 28.1 de la Ley 34/2002, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.

Art. 3 – Objeto de las prestaciones

3.1 El Proveedor presta, según lo pactado, en particular los siguientes servicios en favor de establecimientos de alojamiento y hoteleros:

  • concepción, realización y rediseño de sitios web;
  • traducción y localización de contenidos al alemán para el mercado de habla alemana;
  • creación, optimización y gestión de fichas en portales y directorios (entre otros, el perfil de empresa de Google y portales de reserva y opinión);
  • gestión de reseñas y de la comunicación con los huéspedes;
  • asesoramiento y apoyo en la selección y configuración de sistemas de reserva, PMS, check-in y channel manager;
  • asistencia continuada en el marco de los paquetes mensuales;
  • prestaciones complementarias de diseño gráfico, redacción publicitaria y marketing.

3.2 La naturaleza y el alcance de las prestaciones se determinan exclusivamente por la oferta correspondiente y sus anexos. Las prestaciones no indicadas expresamente en ella no son debidas.

3.3 Naturaleza jurídica de las prestaciones: las actividades de asesoramiento, marketing, asistencia y optimización constituyen obligaciones de medios; no se debe resultado económico alguno. En particular, el Proveedor no garantiza posiciones en motores de búsqueda o portales, ni determinados niveles de visibilidad, alcance, reservas, ocupación o facturación. La realización de sitios web y de otras obras autónomamente identificables se rige por las normas del contrato de obra (arts. 1588 y siguientes del Código Civil).

3.4 El Proveedor está facultado para ejecutar prestaciones parciales, siempre que ello no resulte perjudicial para el Cliente.

3.5 Las modificaciones o ampliaciones del objeto contractual requieren forma escrita. Cuando impliquen trabajos adicionales, estos solo se remunerarán si su alcance y precio han sido previamente acordados por escrito; a falta de tal acuerdo, el Proveedor no está obligado a ejecutarlos.

3.6 El Proveedor puede servirse de terceros (subcontratistas) para la ejecución de las prestaciones, respondiendo de su actuación como de la propia. Quedan a salvo las obligaciones en materia de protección de datos previstas en el art. 17.

Art. 4 – Deberes de colaboración del Cliente

4.1 El Cliente pone a disposición, en tiempo oportuno, de forma completa y en un formato idóneo, todos los contenidos, informaciones y materiales necesarios (textos, imágenes, logotipos, precios, datos sobre los servicios e indicaciones legalmente obligatorias).

4.2 El Cliente garantiza al Proveedor los accesos necesarios a sus sistemas (entre otros, sitio web, alojamiento, gestión del dominio, PMS/channel manager y cuentas en portales y redes sociales). Siempre que sea posible, el Cliente creará a tal efecto una cuenta de usuario específica para el Proveedor, que será desactivada o eliminada al término de los trabajos.

4.3 El Cliente emite aprobaciones, comentarios y decisiones en el plazo de cinco días hábiles desde su solicitud. En caso de demora, los plazos acordados se desplazan en consecuencia.

4.4 El Cliente garantiza disponer de todos los derechos de uso y explotación sobre los contenidos facilitados y que su empleo no lesiona derechos de terceros. El Cliente mantendrá indemne al Proveedor frente a reclamaciones de terceros, incluidos los gastos razonables de defensa jurídica.

4.5 El Cliente designa una persona de contacto con capacidad de decisión y un sustituto.

4.6 En caso de incumplimiento o retraso en los deberes de colaboración, los plazos se prorrogarán de forma adecuada. Los trabajos adicionales que de ello se deriven se remunerarán previo acuerdo conforme al art. 3.5.

4.7 El Cliente comprobará la exactitud material de los contenidos antes de su publicación, en particular precios, disponibilidades, equipamientos, servicios y menciones legalmente obligatorias.

Art. 5 – Prestaciones y sistemas de terceros

5.1 Cuando el Cliente utilice sistemas de terceros (en particular PMS, channel manager, motores de reserva, soluciones de check-in y control de accesos, alojamiento, dominios y portales de reserva y opinión), el contrato correspondiente se celebra directamente entre el Cliente y el proveedor tercero. El Proveedor desarrolla exclusivamente labores de asesoramiento, comparación, apoyo en la negociación y configuración; no actúa como parte contractual ni como intermediario con poder de representación, ni emite declaraciones en nombre del Cliente, salvo apoderamiento escrito expresamente otorgado.

5.2 El Proveedor no responde de la disponibilidad, funcionalidades, precios, condiciones contractuales o de uso de los proveedores terceros ni de sus modificaciones, ni de interrupciones, pérdidas de datos o suspensiones imputables a los mismos.

5.3 Las fichas publicadas en portales están sujetas a las políticas de sus respectivos gestores. El Proveedor no tiene control alguno sobre la publicación, permanencia, modificación o retirada de una ficha y no presta garantía alguna al respecto.

5.4 Los costes de terceros (licencias, alojamiento, dominios, publicidad y comisiones) corren a cargo del Cliente, salvo que la oferta los indique expresamente como incluidos.

Art. 6 – Plazos de ejecución

6.1 Las indicaciones de fechas y plazos no son vinculantes, salvo que se hayan calificado expresamente como tales por escrito.

6.2 Los plazos de entrega comienzan a computarse desde la más tardía de las siguientes fechas: perfección del contrato, cobro del anticipo pactado y cumplimiento íntegro de los deberes de colaboración previstos en el art. 4.

6.3 En caso de retraso imputable al Proveedor, el Cliente podrá resolver el contrato conforme al art. 1124 del Código Civil, previo requerimiento de cumplimiento con un plazo razonable. La indemnización de daños se rige por el art. 16.

Art. 7 – Verificación y aceptación

7.1 Las obras están sujetas a verificación y aceptación por parte del Cliente conforme a los arts. 1592 y 1598 del Código Civil, tan pronto como hayan sido ejecutadas conforme a lo contratado.

7.2 El Proveedor comunica por escrito que la obra está lista para su verificación. La aceptación se entenderá producida si el Cliente no denuncia por escrito vicios esenciales en el plazo de diez días hábiles desde dicha comunicación. El Proveedor advertirá expresamente de este efecto en la comunicación.

7.3 La obra se considera aceptada cuando el Cliente la reciba sin reservas o haga uso de ella, en particular mediante la publicación en línea del sitio web o de los contenidos.

7.4 Las prestaciones parciales autónomamente identificables pueden aceptarse por separado.

7.5 Los vicios no esenciales no legitiman el rechazo de la aceptación; queda a salvo el derecho a su eliminación.

Art. 8 – Precio y condiciones de pago

8.1 Todos los precios se entienden netos, en euros, más el impuesto sobre el valor añadido que en su caso resulte debido (véase el art. 9).

8.2 Salvo previsión distinta en la oferta, se devenga un anticipo del 15 % del valor del encargo al inicio de los trabajos y el saldo a la entrega o a la aceptación. Prevalecerán las condiciones de pago divergentes previstas en la oferta concreta.

8.3 Las facturas son pagaderas sin deducción alguna en el plazo de 14 días desde su fecha.

8.4 El pago aplazado sin intereses solo se admite si se ha pactado expresamente. En caso de retraso, aunque sea parcial, en el pago de dos plazos consecutivos, la totalidad del importe pendiente será inmediatamente exigible, perdiendo el Cliente el derecho a utilizar el plazo conforme al art. 1129 del Código Civil.

8.5 Las cuotas de los paquetes de asistencia se devengan mensualmente por anticipado, salvo pacto distinto.

8.6 En caso de retraso en el pago, el Cliente deberá abonar los intereses de demora previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales (tipo de interés de referencia del Banco Central Europeo incrementado en ocho puntos porcentuales), así como la cantidad fija de 40,00 € en concepto de costes de cobro. Queda a salvo la indemnización del daño adicional acreditado.

8.7 Previo requerimiento con plazo razonable, el Proveedor está legitimado para suspender las prestaciones en curso hasta el pago íntegro de los importes vencidos (excepción de contrato no cumplido).

8.8 El Cliente solo podrá oponer en compensación créditos no controvertidos o reconocidos por resolución firme. El derecho de retención solo le corresponde por pretensiones derivadas de la misma relación contractual.

Art. 9 – IVA, inversión del sujeto pasivo y obligaciones fiscales

9.1 El Proveedor tiene su sede en Alemania. Cuando el Cliente sea un empresario o profesional establecido en España o en otro Estado miembro de la Unión Europea, el impuesto será satisfecho por el Cliente mediante el mecanismo de inversión del sujeto pasivo (art. 84.Uno.2.º de la Ley 37/1992 del IVA; arts. 44 y 196 de la Directiva 2006/112/CE). La factura se emitirá sin IVA alemán, con la mención «inversión del sujeto pasivo – reverse charge».

9.2 El Cliente comunicará al Proveedor, antes de la emisión de la factura, su número de identificación fiscal a efectos del IVA (NIF-IVA) válido y le informará sin demora de cualquier modificación. El Proveedor podrá verificar su validez a través del sistema VIES y solicitar documentación acreditativa de la condición de empresario o profesional.

9.3 El Cliente cumplirá por sí mismo las obligaciones de declaración y documentación que le incumban por la adquisición intracomunitaria de servicios, en particular la autoliquidación del impuesto y las declaraciones informativas correspondientes conforme a la normativa española.

9.4 Si las declaraciones del Cliente resultaran inexactas o dejaran de concurrir los presupuestos del régimen, el impuesto que se liquide posteriormente, junto con los intereses y recargos, correrá a cargo del Cliente.

Art. 10 – Duración y resolución de los paquetes de asistencia

10.1 Los contratos relativos a los paquetes mensuales de asistencia tienen una duración mínima de doce meses a contar desde el inicio de las prestaciones acordado.

10.2 Transcurrida la duración mínima, el contrato se prorrogará por tiempo indefinido y podrá ser resuelto por cualquiera de las partes con un preaviso de un mes con efectos a fin de mes.

10.3 Queda a salvo el derecho de resolución por justa causa. Para el Proveedor concurre justa causa, en particular, cuando el Cliente se encuentre en mora en el pago de importes vencidos durante más de 30 días o incumpla de forma persistente, pese a requerimiento, los deberes de colaboración necesarios.

10.4 La resolución requiere forma escrita (siendo suficiente el correo electrónico).

10.5 Al término del contrato, el Proveedor entregará al Cliente, a petición de este, los contenidos elaborados en el marco de la asistencia y la información de acceso, y eliminará sus propias cuentas de usuario en los sistemas del Cliente.

Art. 11 – Desistimiento anticipado del Cliente en encargos individuales

11.1 El Cliente podrá desistir en cualquier momento de un encargo individual conferido, conforme al art. 1594 del Código Civil español. En tal caso deberá abonar los gastos incurridos, la remuneración por los trabajos ya ejecutados y la utilidad dejada de obtener.

11.2 Las partes cuantifican de mutuo acuerdo la utilidad dejada de obtener en un importe a tanto alzado equivalente al 20 % del valor neto de la parte del encargo aún no ejecutada. Ambas partes conservan la facultad de probar un daño mayor o menor, y queda a salvo la facultad moderadora de los tribunales conforme al art. 1154 del Código Civil.

11.3 Los pagos ya efectuados se imputarán a dicho importe; el anticipo previsto en el art. 8.2 quedará adquirido por el Proveedor hasta el límite del importe adeudado.

Art. 12 – Derechos de uso

12.1 Con el pago íntegro de la remuneración pactada, el Proveedor concede al Cliente, sobre los resultados creados específicamente para él (en particular, el diseño del sitio web, textos, traducciones y gráficos), un derecho de uso exclusivo, transmisible e ilimitado en el tiempo y en el espacio para la finalidad prevista en el contrato. Quedan a salvo los derechos morales irrenunciables del autor conforme al Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (Real Decreto Legislativo 1/1996).

12.2 Hasta el pago íntegro solo existirá un derecho de uso simple y revocable.

12.3 Sobre los elementos preexistentes o de uso genérico —en particular, componentes de código fuente, frameworks, librerías, plantillas, scripts y automatizaciones— el Cliente adquiere un derecho de uso simple y no exclusivo para la finalidad contractual. El Proveedor podrá seguir utilizando dichos elementos también para otros clientes.

12.4 A los contenidos de terceros (componentes open source, fuentes tipográficas, material de stock, servicios cartográficos) se les aplican las condiciones de licencia de sus respectivos titulares; el Proveedor advertirá de las limitaciones relevantes.

12.5 Tras el pago íntegro, el Cliente podrá modificar y desarrollar los resultados de las prestaciones por sí mismo o a través de terceros. La garantía del art. 15 no se aplicará a las partes modificadas por terceros.

12.6 Efectuado el pago íntegro, el Proveedor entregará al Cliente los archivos y accesos necesarios para la gestión autónoma.

Art. 13 – Empleo de sistemas de inteligencia artificial

13.1 El Proveedor emplea, para la ejecución de las prestaciones, sistemas basados en inteligencia artificial, en particular para la redacción y traducción de textos, la generación de material gráfico, de audio y de vídeo, y la automatización de procesos. El Cliente presta su conformidad.

13.2 El Proveedor verifica los resultados generados con ayuda de la IA antes de su entrega. El Cliente deberá comprobar su exactitud material y aprobarlos antes de su publicación, con especial atención a precios, disponibilidades, equipamientos y servicios, así como a las menciones legales obligatorias.

13.3 El Cliente toma nota de que los contenidos generados exclusivamente de forma automática pueden no gozar, total o parcialmente, de protección por derechos de autor y de que no puede garantizarse su exclusividad.

13.4 Los datos personales de los huéspedes del Cliente solo se introducirán en sistemas de IA previo acuerdo específico y sobre la base de un contrato de encargado del tratamiento (art. 17).

Art. 14 – Mención como referencia

14.1 El Proveedor podrá citar al Cliente indicando su denominación y logotipo y utilizando imágenes de las prestaciones ejecutadas a título de referencia, salvo oposición por escrito del Cliente.

14.2 El Proveedor podrá incluir en el sitio web realizado una discreta mención de autoría con enlace. El Cliente podrá solicitar en cualquier momento su retirada por escrito.

Art. 15 – Garantía por defectos

15.1 A las obras se les aplican las disposiciones del Código Civil español sobre el contrato de obra (arts. 1588 y siguientes).

15.2 Los defectos deberán denunciarse por escrito, con una descripción comprensible de los síntomas, en el plazo de 60 días desde su descubrimiento. Este plazo de denuncia se pacta entre empresarios y no afecta a los plazos legales de prescripción de las acciones, que permanecen inalterados. Quedan excluidos los defectos reconocibles en el momento de la aceptación y aceptados por el Cliente sin reservas.

15.3 El Cliente tendrá derecho, en primer lugar, a la subsanación gratuita de los defectos. Si la subsanación fracasa dos veces o el Proveedor la rechaza de forma seria y definitiva, el Cliente podrá exigir la reducción de la remuneración o la resolución del contrato.

15.4 Garantía adicional de funcionamiento: además de la garantía legal, el Proveedor garantiza, respecto de los sitios web por él realizados y durante doce meses desde la aceptación, la funcionalidad pactada, subsanando gratuitamente durante dicho período los fallos de funcionamiento detectados. Esta garantía contractual se añade a los derechos legales del Cliente y no los limita.

15.5 No constituyen defecto los menoscabos imputables a: modificaciones realizadas por el Cliente o por terceros encargados por él; cambios en sistemas de terceros, interfaces, políticas de portales, navegadores o sistemas operativos; falta de actualizaciones o de mantenimiento; uso no conforme o explotación fuera de los requisitos de sistema acordados.

15.6 Los sitios web se optimizan para las versiones actuales de los navegadores más utilizados en las resoluciones de pantalla habituales. Las ligeras diferencias de representación gráfica entre dispositivos, navegadores o versiones no constituyen defecto.

15.7 En las traducciones se debe una versión correcta desde el punto de vista técnico y lingüístico; las preferencias estilísticas no constituyen defecto, salvo que se haya acordado una terminología vinculante.

Art. 16 – Responsabilidad

16.1 El Proveedor responde sin limitación en caso de dolo y culpa grave, por los daños a la vida, la integridad física o la salud, así como conforme a la normativa imperativa sobre responsabilidad por productos. Conforme al art. 1102 del Código Civil español, es nula toda renuncia anticipada a la acción para exigir la responsabilidad procedente del dolo.

16.2 En los demás casos, el Proveedor responde únicamente de los daños previstos o que se hayan podido prever al tiempo de constituirse la obligación y que sean consecuencia necesaria de su incumplimiento (art. 1107 del Código Civil español).

16.3 La responsabilidad prevista en el art. 16.2 queda limitada, en su cuantía, al valor neto del encargo individual afectado y, en las relaciones de duración continuada, a la remuneración neta correspondiente al año contractual afectado.

16.4 El Proveedor no responde de la no consecución de resultados económicos, en particular de la evolución de las reservas, la ocupación o el volumen de negocio, de la visibilidad en motores de búsqueda o portales, ni de las decisiones adoptadas por los gestores de portales, plataformas o motores de búsqueda.

16.5 Por la pérdida de datos, el Proveedor responde, dentro de los límites anteriores, únicamente hasta el importe del coste que habría sido necesario para la restauración de haberse realizado copias de seguridad periódicas y adecuadas por parte del Cliente. El Cliente es responsable de realizar copias de seguridad periódicas de sus datos.

16.6 Las anteriores limitaciones de responsabilidad operan también en favor de los representantes legales, empleados y auxiliares del Proveedor.

Art. 17 – Protección de datos personales

17.1 Ambas partes observarán el Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD).

17.2 Cuando el Proveedor trate datos personales por cuenta del Cliente —en particular, en caso de acceso a sistemas que contengan datos de huéspedes—, las partes celebrarán, antes del primer acceso, un contrato de encargado del tratamiento conforme al art. 28 del RGPD, con los anexos relativos a los detalles del tratamiento, las medidas técnicas y organizativas y los subencargados.

17.3 El Cliente sigue siendo responsable del tratamiento en el sentido del art. 4.7 del RGPD. En particular, es responsable de la existencia de bases jurídicas para la comunicación con los huéspedes, las solicitudes de reseñas, los boletines informativos y las acciones promocionales.

17.4 La información sobre el tratamiento de los datos personales de los visitantes del sitio web del Proveedor figura en la política de privacidad.

Art. 18 – Confidencialidad y credenciales de acceso

18.1 Las partes tratarán como confidencial toda información no notoria de la otra parte obtenida en el marco de la colaboración y la utilizarán exclusivamente para la ejecución del contrato. Esta obligación subsistirá durante tres años tras la terminación de la relación.

18.2 Las credenciales del Cliente serán utilizadas por el Proveedor exclusivamente para los fines pactados, protegidas frente a accesos no autorizados y no comunicadas a terceros sin consentimiento. Al finalizar los trabajos, se eliminarán las cuentas de usuario concedidas al Proveedor o se instará al Cliente a su eliminación.

18.3 No se considera confidencial la información notoria, la ya conocida legítimamente por el destinatario, la transmitida legítimamente por un tercero o la desarrollada de forma autónoma. Quedan a salvo las obligaciones legales de comunicación.

Art. 19 – Fuerza mayor

Los supuestos de fuerza mayor (art. 1105 del Código Civil español) que hagan la prestación sustancialmente más onerosa o imposible para el Proveedor —en particular, catástrofes naturales, epidemias, conflictos laborales, medidas de las autoridades, interrupciones de las infraestructuras de telecomunicaciones o en la nube y fallos generalizados de proveedores terceros— facultan al Proveedor para aplazar la prestación mientras dure el impedimento, más un período razonable de reanudación. Si el impedimento se prolonga más de dos meses, cualquiera de las partes podrá resolver el contrato afectado; las prestaciones ya ejecutadas deberán ser remuneradas.

Art. 20 – Modificación de las presentes CGC

20.1 El Proveedor podrá modificar las presentes CGC en las relaciones de duración continuada en curso, con efectos para el futuro, cuando ello resulte necesario por cambios normativos, jurisprudenciales o de las condiciones técnicas y la modificación no perjudique de forma irrazonable al Cliente.

20.2 Las modificaciones se comunicarán por escrito al Cliente al menos seis semanas antes de su entrada en vigor. A falta de oposición en el plazo de cuatro semanas desde la recepción, las modificaciones se entenderán aceptadas; de ello se advertirá expresamente en la comunicación. En caso de oposición, cualquiera de las partes podrá resolver el contrato afectado con efectos desde la fecha prevista para la entrada en vigor.

Art. 21 – Disposiciones finales

21.1 Todas las relaciones contractuales entre el Proveedor y el Cliente se rigen exclusivamente por el Derecho español, con exclusión de la Convención de Viena sobre los contratos de compraventa internacional de mercaderías (CISG) y de las normas de remisión del Derecho internacional privado.

21.2 Para cualquier controversia derivada de la relación contractual o relacionada con ella serán exclusivamente competentes los juzgados y tribunales del lugar en que el Cliente tenga su sede.

21.3 El lugar de cumplimiento de las obligaciones de pago del Cliente es la sede del Proveedor.

21.4 La elección de la ley aplicable prevista en el art. 21.1 se realiza al amparo del art. 3 del Reglamento (CE) n.º 593/2008 (Roma I). La sumisión expresa del art. 21.2 se pacta entre empresarios conforme a los arts. 54 y siguientes de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

21.5 Las presentes CGC se ponen a disposición en lengua española, que es la lengua del contrato y la única versión vinculante. Las traducciones a otras lenguas tienen carácter meramente informativo.

21.6 Las modificaciones y adiciones del contrato requieren forma escrita, así como la renuncia a este requisito de forma.

21.7 La cesión de los derechos del Cliente derivados del presente contrato requiere el consentimiento previo del Proveedor.

21.8 La eventual nulidad, no incorporación o ineficacia de cláusulas concretas no afectará a la validez de las restantes disposiciones, que mantendrán su vigencia conforme al art. 10 de la Ley 7/1998 sobre Condiciones Generales de la Contratación. La cláusula afectada se sustituirá por la regulación legal correspondiente.

Art. 22 – Aceptación expresa de las CGC

22.1 Con la aceptación de la oferta o la confirmación del pedido, el Cliente declara haber recibido, leído y aceptado las presentes CGC, y en particular las siguientes cláusulas: art. 1.3 (exclusión de las condiciones del Cliente); art. 2.2 (irrevocabilidad de la oferta); art. 3.3 (obligación de medios y exclusión de garantías de resultado); art. 3.5 (trabajos adicionales solo previo acuerdo escrito); art. 5 (prestaciones de terceros y exclusión de responsabilidad); art. 6.1 (no vinculatoriedad de los plazos); arts. 7.2 y 7.3 (aceptación tácita); art. 8.4 (pérdida del beneficio del plazo); art. 8.7 (suspensión de las prestaciones); art. 8.8 (límites a la compensación y a la retención); art. 10.1 (duración mínima); art. 10.2 (prórroga por tiempo indefinido); art. 11 (cuantificación a tanto alzado en caso de desistimiento anticipado); art. 15.2 (plazo de denuncia de vicios); arts. 16.2 a 16.5 (limitaciones de responsabilidad); art. 19 (fuerza mayor); art. 20 (facultad de modificación); y arts. 21.1 y 21.2 (ley aplicable y sumisión expresa).

22.2 A efectos de prueba de la incorporación conforme al art. 5 de la Ley 7/1998, el Proveedor conservará copia de la oferta aceptada junto con la versión de las CGC vigente en ese momento y la pondrá a disposición del Cliente cuando este lo solicite.

Versión: 19 de agosto de 2026

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